• julio 18, 2016

BECAS DE COMEDOR 2016/2017

BECAS DE COMEDOR 2016/2017

BECAS DE COMEDOR 2016/2017 150 150 Colegio Sant Joan Carmelitas

Asunto: AYUDAS DESTINADAS A LA AYUDA DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL ALUMNADO QUE CURSARÁ EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2016-2017 SEGÚN LA RESOLUCIÓN PENDIENTE DE PUBLICACIÓN.

Aquellas familias que deseen solicitar la beca de Ayuda para Comedor, disponen de la legislación pertinente en el tablón de anuncios del Centro.

Procedimiento:

  • El impreso de solicitud se descarga de la web del colegio o se recoge en Secretaria.
  • La Solicitud debidamente cumplimentada y firmada, junto con la Documentación que se debe aportar, se presentará en Secretaría: pendiente de publicación.

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SOLICITAR LA AYUDA ASISTENCIA DE COMEDOR PARA EL CURSO 2016/2017:

  • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
  • Original y copia del libro de familia.
  • Original y Fotocopia del NIF/NIE o pasaporte del alumno/a
  • Original y Fotocopia del NIF/NIE o pasaporte del padre y de la madre, o del nuevo cónyuge o persona unida  por análoga relación, o del tutor/a, que convivan con el alumno.

PARA JUSTIFICAR CIRCUNSTANCIS ESPECIALES A EFECTOS DE BAREMACIÓN:

  • Víctimas de violencia de género: Resolución judicial. Orden de protección a favor de la víctima o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios.
  • Víctimas del terrorismo: Resolución del Ministerio del Interior.
  • Orfandad absoluta: Libro de familia o certificado del Registro Civil.
  • Acogida de menor: Carné de familia acogedora emitido por la Conselleria de Bienestar Social.
  • Refugiado político: Resolución del Ministerio del Interior.
  • Discapacidad física, psíquica o sensorial del alumno/a, padre o hermanos:
  • Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad expedida por la Conselleria de Bienestar Social.
  • Tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad emitida por la Conselleria.
  • Resolución del INSS reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
  • Resolución del ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro o incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.            
    • Paro laboral del padre y madre sin prestaciones: se realizará de oficio por la Administración.
    • Familia numerosa: Título o Carné de Familia Numerosa en vigor durante el período de esta solicitud o justificante de haberlo solicitado y en su caso certificado médico que acredite el embarazo.
    • Familia monoparental: Título de familia monoparental. En caso de no disponer de dicho carné, se acreditará mediante libro de familia y certificado de defunción en el caso de viuda , o sentencia judicial firme de separación o divorcio y Certificado municipal de Convivencia.  La convivencia de la madre o padre solteros, divorciados o viudos, con otras personas con la que mantenga una relación de afectividad, aunque esta no esté regulada, excluye la condición familia monoparental.

NOTA:  la documentación se presentará en la Secretaria de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 y hasta el 29 de julio 2016.

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